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MEXICO ⭐⭐⭐⭐⭐

Renuncié por otro trabajo y al final me dijeron que no, ¿qué hago?


“Algunas personas pueden sentir la necesidad de obtener un ingreso mayor para sostener a sus familias, por lo que pueden estar dispuestas a firmar cualquier documento que se les presente, sin leer a detalle. Incluso hay casos en los que las personas llegan a firmar hojas en blanco para conseguir un empleo», asegura Estefanía Rueda, abogada laboral del despacho Littler.

Otro escenario posible es que se caiga el proceso de contratación y que las personas se queden sin su empleo anterior y sin el nuevo. No obstante, hay una manera de protegerse hasta cierto punto y es mediante la carta oferta que las empresas suelen dar a sus futuros colaboradores.

¿Qué es la carta oferta?

Samantha Olivares, directora legal de la aceleradora Wortev, comenta que la función de la carta oferta es ser un documento de carácter informativo en el que se definan por escrito las condiciones de trabajo que se le ofrecen al posible colaborador con relación a una vacante.

“En ella se establecen los términos iniciales de la relación laboral e incluyen el salario del nuevo colaborador, horario laboral, funciones específicas del puesto, así como los beneficios y prestaciones a los que tendrá derecho”, detalla.

Para protegerse de alguna manera en un proceso de contratación, Rueda señala que las personas pueden firmar su renuncia voluntaria una vez que tengan la carta oferta de la empresa a la que se van a ir.

“Recibir una carta oferta es una práctica generalizada en el mercado laboral. Aunque no está regulada por la Ley Federal del Trabajo, se rige principalmente por la legislación civil. En este ámbito, una oferta constituye una manifestación unilateral de voluntad, lo que significa que solo puede ser revocada antes de su aceptación», explica.

¿Cómo darle formalidad a la carta oferta?

Si el proceso de contratación se cae, las personas pueden usar la carta oferta para obligar a la empresa en cuestión a que se respete el acuerdo, o bien a que pague una compensación. Pero para esto la carta oferta debe tener ciertas cláusulas.

Olivares dice que dentro de la carta oferta el empleador debe especificar las condiciones laborales del nuevo colaborador, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo.

En él se especifican las condiciones que se deben cumplir para su cabal legalidad como son nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, clave única de registro de población, registro federal de contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón.

Estas condiciones deben ser entregadas por escrito, como lo menciona el artículo 24 de la misma ley. “Si bien, la carta oferta no tiene un peso legal específico, las empresas suelen ser muy cuidadosas al redactarla para evitar posibles incumplimientos en caso de que la relación laboral no se concrete”, afirma Olivares.

Para que un trabajador que estaba por ingresar a una empresa sea indemnizado, debe demostrarse una relación laboral entre ambas partes. Por lo general, dentro de la carta oferta, el empleador establece la fecha de inicio de la relación laboral y el momento en que se firmará el contrato laboral, comprometiéndose a realizar la contratación.

Rueda asegura que, si la empresa ha extendido una oferta formal donde se establece la fecha para el inicio de la relación laboral, entonces, en estricto sentido, tiene la obligación de contratar a la persona, según los términos acordados en la oferta.

“También es posible incluir una cláusula de indemnización en caso de que la contratación no se concrete por causas imputables a la empresa, esta cláusula se acepta de común acuerdo y no es exigible legalmente”, menciona Olivares.

Para brindar seguridad tanto a empleadores como a trabajadores, las abogadas también recomiendan solicitar la firma del contrato laboral de manera anticipada, especificando a partir de qué fecha surtirá efecto. Así se dará certeza al colaborador en caso de que deba renunciar a un empleo para ingresar a otro.

“Es importante que los colaboradores soliciten una copia de su contrato y se aseguren de que incluya la firma de ambas partes. Del lado del empleador, la firma debe ser de un representante legal de la empresa o de alguien autorizado dentro de ella, ya que el contrato carecerá de validez si lo firma un directivo o gerente de área no autorizado”, puntualiza Olivares.

¿A dónde se presenta la carta en caso de incumplimiento?

En México, las quejas laborales suelen presentarse ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que es la institución encargada de proteger los derechos laborales de los trabajadores.

También se pueden presentar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) correspondiente al lugar donde ocurrieron los hechos, especialmente en casos de conflictos laborales más complejos o de carácter legal.

“Por eso es importante que la carta oferta sea formalizada con cláusulas específicas, ya que no tiene un peso legal, pero sí puede ser de gran ayuda para que la persona sea contratada o indemnizada si se puede demostrar que la empresa incumplió de manera injustificada con la carta oferta y que esto causó un daño económico al individuo”, sostiene la abogada de Littler.

La cifra de esta indemnización depende de varios factores y puede variar en función de las circunstancias específicas de cada situación, es decir, que no existe una indemnización establecida de manera predeterminada en la ley en estos casos.


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